La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del decreto de Estado de Emergencia Económica dictado por la presidenta encargada, Delcy Rodríguez. El máximo tribunal ratificó que la medida se ajusta a los principios establecidos en la Carta Magna para atender situaciones de conmoción o catástrofe pública.
Nota de Prensa
Según la resolución judicial emitida tras el procedimiento de revisión correspondiente, la medida estará vigente en todo el territorio nacional por un lapso de 60 días. La sentencia valida legalmente el instrumento promulgado originalmente el pasado 8 de agosto de 2026 y publicado formalmente en la Gaceta Oficial N.º 7.066.
Alcance y justificación de la medida
La activación de este régimen de excepción busca otorgar facultades extraordinarias al Ejecutivo nacional para agilizar la asignación de recursos presupuestarios, agilizar la contratación de bienes y servicios y mitigar los severos impactos financieros ocasionados por los recientes eventos telúricos registrados en el país.
Con este respaldo jurídico, el Gobierno prevé acelerar la ejecución de los planes de reconstrucción de infraestructura, la atención prioritaria a las familias damnificadas y la negociación de esquemas de financiamiento con organismos internacionales para estabilizar el aparato productivo nacional.
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